AFIP
Buenos Aires.- La AFIP avanza en la intensificación de los controles para detectar posibles prácticas de evasión fiscal. El organismo ahora acortó los plazos de presentación de datos a lapsos mensuales para seis regímenes de información vigentes: cuotas de colegios privados, pago de expensas en countries y edificios de propiedad horizontal, registros de representantes en el país de sujetos del exterior, operaciones de Bolsa y mercado abierto, donaciones deducibles del Impuesto a la Ganancias, liquidaciones a productores de seguros.
El organismo dirigido por Ricardo Echegaray pretende contar con información mucho más actualizada para encontrar casos de inconsistencias fiscales por lo que cruzarán datos para ver si efectivamente los contribuyentes tienen todos sus ingresos declarados.
Los nuevos controles
A partir de ahora, según sostiene la Resolución 3369 de la AFIP, quedan bajo la obligación de consignar la información tributaria correspondiente los administradores que gestionen countries, barrios cerrados, barrios privados, clubes de campo, clubes de chacra, y urbanizaciones privadas “que superen los 400 metros cuadrados y el importe de expensas o, en su caso, gastos determinados por todo concepto, resulte mayor o igual a $2000”.
La misma normativa comprende a consorcios o edificios afectados por el régimen de propiedad horizontal "cuando la superficie de los departamentos o unidades funcionales sea mayor o igual a 100 metros cuadrados y el monto de expensas (...) resulte mayor o igual a $2000".
Con respecto a los colegios de educación inicial, primaria y secundaria, la Resolución 3368 del organismo tributario establece que las instituciones deberán informar "la totalidad de los importes facturados o devengados en concepto de cuotas mensuales, iguales o superiores a $2000 por alumno".
En tanto que los agentes de bolsa y operadores de bonos a mercado abierto son alcanzados por el nuevo plazo mensual y mecanismo de control tributario, según lo dispuesto en la Resolución 3365 de la AFIP. Además, de los representantes en el país de sujetos del exterior (RG 3364), las donaciones deducibles del Impuesto a las Ganancias (RG 3366), y las liquidaciones a Productores de Seguros (RG 3367).
Hasta ahora, la frecuencia de presentación de estos registros era cuatrimestral, semestral y en un caso anual. Pero en momentos en que la recaudación impositiva se desacelera por la disminución de la actividad económica, AFIP ejerce una mayor presión en el control de los datos. Desde el organismo argumentaron que "ahora contaremos con detalles de operaciones económicas que antes tardábamos más de un año en obtener. La idea es tratar de anticipar la información para poder actuar con mayor velocidad".
Los pilares de la estrategia de fiscalización
"La medida se enmarca dentro de los tres pilares en los que se apoya la nueva estrategia de fiscalización de la AFIP: la utilización al máximo de la tecnología disponible, la explotación centralizada de la información y los controles tanto ‘ex ante’ como en línea de las operaciones”, sostiene el comunicado oficial. Precisaron que en el control “ex ante” se adoptan acciones de prevención para evitar que se efectúen operaciones con inconsistencias. Luego se aplica el control “en línea”, que es cuando se constituye el hecho imponible que permite disparar alertas de inconsistencias en forma temprana. Y el tercero es el control “ex post”, que se efectúa luego del hecho imponible.
Este tipo de medidas se suman a los otros controles que está llevando adelante el organismo, como el control sobre los gastos de los monotributistas con las empresas de agua, luz, gas y telefonía. Las compañías tienen que informar sobre los consumos que superen los mil pesos o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual y en el caso de los inscriptos en el régimen simplificado siempre se tendrá que informar su consumo. En los casos en que se constaten irregularidades, la AFIP puede excluir de oficio a los contribuyentes que estén facturando o que realicen gastos en exceso, como, por ejemplo, si superan los 6666 pesos de gastos mensuales, que es el límite de los monotributistas.
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